Para poder acceder a su información fiscal es necesario acceder a la web de la agencia tributaria, con el sistema de Cl@ve, o a través de un número de referencia que se obtiene utilizando el dato de la casilla 505 del año anterior o los últimos cinco dígitos de una cuenta bancaria del contribuyente que la agencia tributaria tenga en sus bases de datos. Les destacamos aquellas que creemos que pueden ser de su interés:
Primera novedad: seis tramos de IRPF.
Desde este año existen seis tramos de IRPF con un tipo de gravamen que asciende al 47% para rentas superiores a 300.000 euros. La base del ahorro establece para rentas que superen los 200.000 euros un nuevo tipo de gravamen del 26%. Los tramos se establecen de la siguiente forma:
- Primer tramo hasta 12.450 euros: 19% de tipo impositivo
- Segundo tramo desde 12.450 euros hasta 20.200 euros: 24% de tipo impositivo
- Tercer tramo desde 20.200 euros hasta 35.200 euros: 30% de tipo impositivo
- Cuarto tramo desde 35.200 euros hasta 60.000 euros: 37% de tipo impositivo
- Quinto tramo desde 60.000 euros hasta 300.000 euros: 45% de tipo impositivo
- Sexto tramo a partir de 300.000 euros: 47% de tipo impositivo
Segunda: Cómo declarar los ERTE.
Las prestaciones recibidas en los expedientes de Regulación de Empleo se califican como rendimientos del trabajo, no están exentas.
Por lo que, si un contribuyente ingresó más de 14.000 euros en 2022, con dos o más pagadores, siendo la suma del segundo y los siguientes superior a 1.500 estará obligado a hacer la declaración de la renta.
Si sólo ha tenido ingresos del ERTE y no superan los 22.000 euros no existe obligación de hacer la declaración.
Tercera: Autónomos.
Los autónomos tienen la obligación de hacer la declaración de la renta, en importante recordar que además de los datos de su actividad económica propiamente dicha, deben incluir las ayudas que hayan percibido en concepto de subvenciones desde las diferentes administraciones.
Estas ayudas suelen aparecer en la información fiscal, pero en el caso de que no aparezcan es importante declararlas para evitar problemas futuros.
Cuarta: Obras de eficiencia energética.
Hay una nueva deducción verde en la Renta del 2022, para el caso que se hayan realizado obras para mejorar la eficiencia energética en la vivienda habitual.
Quinta: Deducciones por hijos y descendientes.
Se mantiene la deducción a las madres trabajadoras con hijos menores de tres años, con un beneficio de 1.200 euros anuales, 100 euros por cada hijo por mes. Las familias que tengan el reconocimiento de numerosas también les corresponde un beneficio similar
Sexta: Criptomonedas.
Este año, ya empieza a clarificarse la forma de declarar las ganancias y pérdidas patrimoniales obtenidas en monedas virtuales. Se deben declarar las inversiones en criptomonedas en el caso de haber ingresado más de 1.000 €.
Séptima: Planes de pensiones.
Se han reducido las deducciones de los planes de pensiones privados a los 2.000 € anuales, cuando antes el límite estaba en 8.000 €, lo que supondrá un freno al ahorro privado.